Morelia; Michoacán, 14 de noviembre de 2016.-Los diputados integrantes de la Comisión de Justicia del Congreso local concluyeron la revisión y análisis de dos iniciativas de reforma al Código Penal, así como al Código Familiar, a fin de fortalecer las penas aplicables a delitos como sustracción de menores, discriminación, y para dar certeza jurídica a los familiares de las víctimas de desaparición.
En reunión de trabajo, los legisladores Ángel Cedillo, Ernesto Núñez, Nalleli Pedraza y Xóchitl Ruiz, presidente e integrantes respectivamente aprobaron el proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 177 bis, del Código Penal del Estado, propuesta por el diputado Héctor Gómez,mediante la cualse impondrá prisión de ocho a quince años a quien sin tener relación de parentesco o tutela de un menor de edad o incapaz, lo retenga o sustraiga sin el consentimiento de quien ejerza su custodia legitima o guarda.
Dicha propuesta perfeccionara el andamiaje penal, evitando que la víctima se vea afectada por la ambigüedad que existe en el Código Penal vigente, lo que obstaculiza la impartición de justicia, generando incertidumbre jurídica a las víctimas.
• Se clarifica delito de discriminación
De igual forma, los integrantes de la Comisión aprobaron el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 179 del Código Penal, impulsada la diputada Nalleli Pedraza.
Al respecto, la legisladora argumentó que la propuesta buscaafinar y dar claridad a los elementos que constituyen el delito de discriminación, para que el juzgador cuente con mayores elementos para normar su criterio.
Asimismo, destacó que establecer un tipo penal que de amplitud y que certidumbre a los grupos más vulnerables de la entidad, permitirá fortalecer el reconocimiento de los derechos humanos.
· Familiares podrán ser representantes legales de desaparecidos
En otro punto, los diputados aprobaron el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 625, 629 y 655 del Código Familiar, relativo a la iniciativa presentada por el diputado Eduardo García, mediante la cual sepretende dar certeza jurídica a los familiares de las víctimas de desaparición de personas, para que éstos sean sus representantes legales mientras se espera la aparición del ausente.
En ese sentido, se propone fortalecer las medidas provisionales en caso de ausencia otorgando una temporalidad de uno a tres meses, para que el Juez nombre unrepresentante, a petición del Ministerio Público, herederos legítimos otestamentarios.
Cabe señalar que actualmente no se tiene un plazo para ladefinición, lo cual permite que los casos se prolonguen por años para nombrar esta figura representativa, así como para declarar la ausencia o lapresunta muerte.
Los dictámenes aprobados serán presentados a la brevedad ante el Pleno, para su discusión y posible aprobación.