Morelia, Michoacán, 05 de mayo de 2020. El Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad una iniciativa que tiene como objeto que los Ayuntamientos del Estado de Michoacán brinden facilidades a través de los organismos operadores de agua potable para que sus usuarios accedan a diversos beneficios en cuanto a la obtención de subsidios y prórrogas para el pago de este servicio durante el tiempo que dure la pandemia de COVID-19 en Michoacán.
Dicha iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Deuda Pública y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública para su estudio, análisis y dictamen, y posteriormente fue devuelta para su votación y aprobación por las y los diputados locales de eta LXXIV legislatura en sesión.
De esta forma se adicionan los artículos primero, segundo y tercero transitorios, recorriéndose los subsecuentes, a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, mismos que se refieren principalmente al apoyo que deben dar los ayuntamientos de Michoacán ante la pandemia de Covid-19 mediante las facilidades que puedan otorgar a la ciudadanía en el pago del servicio de agua potable.
Dicha iniciativa señala que debido a la actual pandemia de COVID-19, los Ayuntamientos del Estado de Michoacán y el Concejo Mayor de Cherán, si están en condiciones de hacerlo, podrán establecer, para el usuario que lo solicite, el no cobro del agua potable mientras dure la contingencia y, en su caso, la emergencia sanitaria a causa del COVID-19.
El monto que el usuario acumule durante este periodo será prorrateado durante los siguientes cuatro meses posteriores al término de la contingencia y/o emergencia sanitaria, o en su defecto, durante diciembre de 2020, lo que ocurra primero, el usuario que solicite este beneficio, no pagará ni multas ni recargos durante este periodo.
De igual forma establece que no se cortará ni reducirá el suministro de agua potable durante el tiempo que dure la contingencia y/o emergencia sanitaria y que si existen las condiciones financieras, emitirán subsidios al consumo de agua potable a adultos mayores, sector popular y sector vulnerable, siempre y cuando la superficie del domicilio no rebase los 120m.