Morelia, Michoacán, 27 de octubre de 2020. Tras reconocer la necesidad de impulsar un cambio jurídico en materia de políticas de juventud, especialmente para potencializar sus habilidades y participación, el Pleno de la 74 Legislatura, emitió su voto a favor sobre las reformas al artículo 73 y adiciones al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Lo anterior, luego de que a la Comisión de Puntos Constitucionales, fuera turnada para su estudio, análisis y dictamen, la minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman dichos artículos en materia de juventud, remitida por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el pasado 14 de octubre.
La finalidad de estas reformas, es establecer acciones para el desarrollo integral de las personas jóvenes, a través de políticas públicas que a través de un enfoque multidisciplinario, promueva su inclusión en el ámbito político, social, económico y cultural del país.
De esta manera y con la modificación que se hace al artículo 73 constitucional, se le da la facultad exclusiva al Congreso de la Unión para establecer la concurrencia de la Federación, Entidades Federativas y Municipios, por medio de una Ley General, que deberá expedirse en el plazo de un año a partir de que entre en vigor dicha reforma.
Asimismo, el principio de igualdad que tiene carácter vinculante con el marco constitucional, impone obligaciones y deberes específicos para que las autoridades en correlación con el principio mencionado, implementen medidas materiales y económicas para responder a las necesidades de la sociedad.
Por lo expuesto, la 74 Legislatura, aprobó dichas modificaciones con el fin de otorgar a las niñas, niños y adolescentes, condiciones para el desarrollo integral de la juventud en México, cumpliendo además con los Tratados Internacionales a los que nuestro país se ha signado, a través de un marco normativo que permita contar con una protección más efectiva de sus derechos fundamentales, otorgándoles un acceso de forma justa y equitativa para este sector de la población.