Propone rango de edad para la adopción y la figura de reversión, dentro de la Ley
Conservar y proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes para que vivan y se desarrollen en óptimas condiciones deberá ser siempre el principal objetivo de la adopción como institución jurídica, por lo cual, es necesario tener una legislación vigente y que cumpla con su propósito.
Así lo considera el diputado local por el Partido Verde Ecologista de México, en el Congreso local, Ernesto Núñez Aguilar, quien presentó ante el Pleno una propuesta de reforma profunda a la Ley de Adopción del Estado de Michoacán, la cual establece una edad más idónea para el adoptante y crea la figura de reversión.
El también coordinador parlamentario señaló «como importante legislar en la materia en aquellos casos en los que se realizó la adopción con vicios de formalidad, o bien el adoptante perdió la aptitud física o mental, por motivos de edad y/o enfermedad o porque perdió la naturaleza por la que se otorgó la adopción».
En la propuesta, Núñez Aguilar establece un rango de entre 25 y 55 años de edad; siendo un tiempo promedio en el cual el adoptante tendrá una capacidad mental y física para el cuidado, desarrollo y atención de un menor.
Asimismo, incluye la figura de la reversión en la misma ley, contemplando tres causales para promover la reversión de manera judicial: vicios de formalidad, edad y pérdida de la naturaleza de esta institución jurídica.
«Ahora tenemos que revisar que las adopciones que se han venido dando, sean con el objeto de darle un buen nivel de vida a los pequeños y que no vaya a pervertirse el objetivo», sentenció.