Morelia, Michoacán, 10 de septiembre de 2020. Con el objetivo de garantizar que los municipios emprendan acciones en pro del medio ambiente, el diputado Octavio Ocampo Córdova presentó una iniciativa en la que propone que el Fondo de Aportaciones Estatales para la Infraestructura de los Servicios Públicos Municipales se constituirá con un monto equivalente al 5 por ciento de los recursos financieros y que de lo que se destina a cada municipio, éste se destinará hasta un 20 por ciento para la adquisición de nuevas tecnologías en pro del medio ambiente.
Durante la sesión virtual, el vicecoordinador del Grupo Parlamentario del PRD en el Congreso del Estado, dijo que esta iniciativa es para reformar la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de que se garantice y establezca el beneficio que tienen los municipios en el plazo de un trimestre para cubrir los pagos comprometidos y devengados una vez terminado el ejercicio fiscal anterior.
Aunado a ello, que el fondo de aportaciones estatales para la infraestructura de los servicios públicos municipales pueda destinarse al medio ambiente o las inversiones prioritarias de los municipios.
“Esta iniciativa tiene como finalidad favorecer a los municipios y darles margen de maniobra al otorgarles un trimestre para ajustar la comprobación de lo invertido en infraestructura y medio ambiente”, sostuvo Octavio Ocampo.
Por ello, plantea que el FAEISPUM se constituirá con un monto equivalente al 5 por ciento de los recursos financieros que corresponde al Estado, efectivamente pagado por la Federación en el Fondo General de Participaciones, una vez descontado el porcentaje que de dicho Fondo General se aporta al Fondo Participable, al que se refiere la norma.
Del monto correspondiente a cada municipio, éste destinará hasta un 20 por ciento para la adquisición de nuevas tecnologías que tengan como finalidad la recuperación, conservación y mejoramiento del medio ambiente.
Esta disposición sólo aplica para los municipios que reciban cinco millones de pesos o más por concepto de FAEISPUM. A los recursos a que se refiere el presente párrafo, se podrá aplicar el beneficio de la ampliación del pago a que se refiere el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Recordó que en noviembre pasado si bien ya se abordó este tema en la LXXIV Legislatura, es necesario adecuar las reglas de operación del Fondo de Aportaciones Estatales para la Infraestructura de los Servicios Públicos Municipales para el ejercicio fiscal del 2021, toda vez que las reglas de operación y cálculos y montos para 2020 ya habían sido publicados.
“Esta iniciativa que presento abona a ese trabajo que ya hizo este Congreso, y se abana a dar certeza a los municipios consistente en que los recursos comprometidos y devengados al 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior pero que no se hayan pagado, se puedan cubrir los pagos respectivos durante el primer trimestre del ejercicio fiscal siguiente, asimismo precisar con absoluta claridad el porcentaje del FAEISPUM que se estableció en el decreto para ser utilizado en favor del medio ambiente, ya que no obstante que se aprobó el 20 por ciento, no se precisó por qué se aprobó dicho porcentaje, existiendo contradicción con el 30 por ciento previsto en minuta 339”.