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Participa Segob en capacitación sobre “Blindaje Electoral”

Morelia, Michoacán, a 8 de mayo del 2018.- La Secretaría de Gobierno participó en el curso “Blindaje Electoral para servidores públicos”, impartido por la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) de la Procuraduría General de la República (PGR).

Isaac Enrique San Román de la Torre, director de Blindaje Electoral de la Fepade, fue el encargado de dirigir la ponencia orientada a evitar conductas contrarias a la legalidad, asegurar la plena vigencia de la ley y el correcto uso de bienes y servicios públicos.

Entre los temas que abordó, estuvieron la Reforma Político Electoral; las nuevas reglas de competencia electoral y los delitos y responsabilidades electorales por parte de los servidores públicos, centrándose particularmente en éste último.

En ese sentido, San Román de la Torre aclaró a los presentes que toda persona que desempeñe un empleo, cargo, comisión o maneje recursos públicos, es considerado un servidor público y si comete un delito electoral, es acreedor a una sanción que puede ser de tipo genérica o específica.

Explicó que la primera sanción consiste en destituir o inhabilitar entre 2 y 6 años para ejercer cargos públicos y es una pena que se aplica a nivel nacional en los tres órdenes de gobierno, mientras que la sanción específica impone de 200 a 400 días de multa y entre 2 y 9 años de cárcel, según sea considerado por el juez al que se turne el caso.

Al abordar el tema de delitos electorales, explicó seis casos en los que un servidor público puede volverse infractor de la ley electoral, al cometer alguna de las siguientes acciones:

Coaccionar o amenazar a subordinados para que entreguen su voto, asistan a un mitin, etc.; condicionar la prestación de un servicio público; destinar, utilizar o permitir la utilización de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición; proporcionar apoyo o prestar algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, por sí mismo o a través de subordinados, en horarios laborales.

Así como solicitar a los subordinados por cualquier medio, aportaciones de dinero o en especie para apoyar a un precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política y abstenerse de entregar o negar sin causa justificada, la información que les sea solicitada por la autoridad electoral competente.

En materia de responsabilidad electoral, mencionó que queda suspendida la difusión de propaganda gubernamental en todo medio de comunicación social, a partir del inicio de campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral.

Asimismo, se implementa la restricción a la entrega de apoyos en eventos masivos, sin ser necesario suspender la operación de programas, pero sí es importante evitar las convocatorias públicas y las multitudes en la entrega de apoyos.

Para finalizar, el director de Blindaje Electoral, dio a conocer 15 principios que rigen el servicio público y que deben ser acatados para dar cumplimiento a las normativas electorales, tales como la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, disciplina, objetividad, profesionalismo, integridad, rendición de cuentas, eficacia, transparencia, economía y competencia por mérito.

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