Establece una cuota de pantalla del veinte por ciento del tiempo total de exhibición de Cine Mexicano.
- Permanencia no inferior a 3 semanas en favor de películas nacionales.
Ciudad de México, 25 de abril de 2017.- Senadores de la República Iris Vianey Mendoza Mendoza, Maria de los Dolores Padierna Luna, Luz María Beristáin Navarrete, Armando Ríos Piter, presentaron una Iniciativa de Reforma a la Ley de Cinematografía, con el objetivo de generar condiciones de crecimiento para el cine mexicano.
La cinematografía es una actividad cultural y educativa prioritaria para el desarrollo de México y es a la vez, una industria que produce una importante derrama económica y es una significativa fuente generadora de empleos directos e indirectos; al tiempo que se constituye en un medio de comunicación que refleja la identidad e idiosincrasia de nuestro pueblo.
En el caso de nuestro cine nacional, el eslabón inicial de la industria cinematográfica (el de la producción) afronta debilidades estructurales, entre otras, la baja capacidad desde el punto de vista de la oferta, los necesarios altos capitales de riesgo y limitada expectativa de obtención de márgenes de utilidad, el intrincado acceso al crédito preferencial y al sistema de garantías, la sujeción a altos costos financieros, la dificultad de constitución empresarial para esta actividad encargada de congregar y organizar un conjunto de creaciones, recursos y necesidades logísticas.
En los eslabones siguientes de la cadena, se dan también graves elementos perturbadores: las distribuidoras y exhibidoras de películas no tienen interés en promover las producciones mexicanas, enfocadas como están en sacar jugosas ganancias de las cintas estadunidenses. Es por ello que piden pocas copias de filmes nacionales, les dan escasa publicidad y los exhiben en salas lejanas, lo que inhibe al espectador.
Es decir, no existe una infraestructura industrial accesible a la cinematografía mexicana, no existen cadenas ni medios de distribución adecuados, el cine mexicano se produce en difíciles condiciones y sin embargo las películas tienen un alto valor.
De acuerdo con el Anuario Estadístico del Cine Mexicano 2016, México ocupa el cuarto lugar a nivel mundial en asistencia al cine, y de 321 millones de asistencias al cine, solamente 30.5 millones asistieron a ver películas mexicanas, es decir, solo el 9.5% de las asistencias al cine, fueron a ver producciones mexicanas; como consecuencia de ello, los empresarios estiman que no es redituable la transmisión de las películas nacionales, limitándolas más en relación con las películas extranjeras.
Indudablemente, una nueva legislación eficaz y la instrumentación de políticas públicas adecuadas de fomento al cine detonarían enormes beneficios para el país: actualmente, el sector de la cultura aporta 2.8 por ciento del PIB a México, y el PIB de la industria cinematográfica representó 8.2% del PIB de medios audiovisuales, entonces, el comportamiento económico del cine, es casi tres veces más dinámico que el conjunto de la economía mexicana.
No obstante, el cine mexicano ha quedado virtualmente al margen de la competencia por las condicionantes de mercado que se le imponen, conduciendo ello a que prevalezcan en nuestras pantallas las películas de producción o coproducción hollywoodense en una proporción casi de nueve de éstas por una nacional.
El cine mexicano, a pesar de haber aumentado la calidad y cantidad de sus productos cinematográficos en los últimos años, ve enormemente limitada las posibilidades de exhibición local debido a la agresividad comercial de las empresas transnacionales.
Frente a ello, resulta apremiante equilibrar desde la legislación esta situación de desventaja y desprotección del cine nacional ante a una industria trasnacional hegemónica que impone formas de distribución, exhibición y consumo, garantizando una cuota de pantalla y un tiempo de permanencia suficientes en favor de las películas nacionales.
En este objetivo, mediante la presente iniciativa se proyecta reformar el artículo 19 de la Ley Federal de Cinematografía, a efecto de establecer que los exhibidores reservarán el veinte por ciento del tiempo total de exhibición, para la proyección de películas nacionales en sus respectivas salas cinematográficas, salvo lo dispuesto en los tratados internacionales en los cuales México no haya hecho reservas de tiempo de pantalla.
Asimismo, para estatuir que toda película nacional se estrenará en salas por un período no inferior a tres semanas, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que sea inscrita en el Registro Público correspondiente, siempre que esté disponible en los términos del reglamento correspondiente.