Morelia, Michoacán, 27 de febrero de 2020. Con la finalidad de proteger a los hijos de padres divorciados de una alienación parental, Oscar Escobar Ledesma, diputado por el distrito 19 con cabecera en Tacámbaro, propuso reformar el Código Familiar para el Estado de Michoacán, para contemplar una terapia psicológica y garantizar una relación de comunicación, respeto y ayuda mutua en relación a los menores.
La alienación parental son los síntomas que se produce en los hijos cuando uno de los padres obstaculiza o destruye los vínculos con el otro progenitor, con la finalidad de que el menor de edad, odie, tema o rechace injustificadamente al padre que no tiene su custodia legal, señaló Escobar Ledesma.
«Queremos evitar que con las peleas entre los padres, se destruyan los vínculos con los padres que no tienen la custodia del hijo, con la finalidad de que el menor rechace u odie al otro padre. Con esta iniciativa propongo se adjunte un tratamiento para que los divorciantes reciban una terapia psicológica y que puedan tener una convivencia sana».
El legislador albiazul refirió que es importante legislar en este sentido, debido a que los índices de divorcio van en incremento. En 2012 se tenía el registro de 17 divorcios por cada 100 matrimonios, mientras que en 2017 incrementó a 28 divorcios por cada 100 matrimonios, en muchos de ellos, con violencia en contra de uno de los padres.
Escobar Ledesma manifestó la obligación de garantizar una vida digna a los menores de edad, por lo que será el propio Estado el que a través de sus dependencias brinde atención médica y psicológica.
«De igual forma cuando existan padecimientos mentales, se encuentren en proceso de rehabilitación psiquiátrica de enfermos mentales crónicos, deficientes mentales, alcoholismo y personas que usen habitualmente estupefacientes, el juez determinará la asistencia obligatoria de los divorciantes o de uno de ellos en particular a terapia psicológica. Queremos que nuestros niños vivan tranquilos y en ambientes sanos».
Destacó que es necesario pensar en el bienestar de los niños, debido a que el proceso que enfrentan ya es difícil, y necesitan que sus padres convivan bien y sanamente.
Con esta iniciativa con proyecto de Decreto se adiciona la fracción V del artículo 257, se reforma la fracción I del artículo 260, se reforma el segundo párrafo del artículo 316, se reforma la fracción I del artículo 324 y se adiciona un segundo párrafo del artículo 873, todos del Código Familiar para el Estado de Michoacán.