- Iniciativa de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable y del Código Penal
Morelia, Mich., a 28 de junio de 2017.- Las acciones realizadas por las autoridades forestales del estado en contra de las huertas de aguacate instaladas en espacios ocupados antes por el bosque, han sido cuestionadas por supuestas violaciones a la ley, por lo que el diputado Roberto Carlos López presentó una iniciativa de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable y del Código Penal.
El legislador se manifestó a favor de la protección del medio ambiente y pidió que se impongan las sanciones administrativas y penales máximas a quienes cometan daños o deterioren el medio ambiente, principalmente a quienes cambian el uso del suelo forestal para el cultivo de aguacate o frutillas, por lo que el actuar del Estado debe ser en torno al respeto y protección del derecho que tiene toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, pero su actuación también debe garantizar el debido proceso de los imputados por los delitos ambientales.
Dio a conocer que ante las posibles arbitrariedades que pudiera darse en los operativos, se realizó un estudio jurídico del proceso para la aplicación de las medidas de seguridad que adopta la autoridad, y para evitar que los delitos forestales queden impunes, es necesario reformar la fracción III del artículo 166 de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Michoacán de Ocampo.
Puntualizó que una inconformidad de los propietarios de los predios forestales, y que al parecer es la medular, es el desmantelamiento y remoción de los objetos y vegetación inducida. Sobre esto, señaló que si bien es cierto que con ello se afecta la economía de algunos propietarios, también es verdad que su capital debieran invertirlo solamente en negocios lícitos, porque no debemos olvidar que al cortar, arrancar, derribar o talar árboles o cambiar el uso del suelo forestal, para cultivar aguacate, frutillas o cualquier otro cultivo, están cometiendo un delito, un delito forestal que no debe dejar impune.
López García sostuvo en la máxima tribuna de Michoacán, que el Estado debe proteger -como bien mayor- el bienestar de la sociedad y garantizar el derecho de todos a un medio ambiente sano, por lo que las medidas de seguridad que ordena la COFOM son legales y necesarias para asegurar la preservación del medio ambiente.
Finalmente, se ´pronunció a favor de los desmantelamientos, remoción de los objetos y vegetación inducida en predios forestales, siempre y cuando se realicen por autoridad judicial, no administrativa, como sucede en la actualidad. Por lo que planteó adicionar el Capítulo III intitulado Disposiciones Comunes a los Delitos contra el Ambiente, al Título Vigésimo Tercero, así como sus artículos 311 bis y 311 ter al Código Penal.