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Sancionarán a quienes realicen cirugías estéticas sin tener especialidad

Morelia; Michoacán, 29 de marzo de 2017.- El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal, para sancionar a quienes sin contar con la especialidad requerida lleven a cabo prácticas de cirugía estética.

La iniciativa impulsada por el diputado Ernesto Núñez, y dictaminada por la Comisión de Justicia, de la cual forma parte; e integrada por los diputados Ángel Cedillo, Carlos Quintana, Nalleli Pedraza y Xóchitl Ruiz, señala que la reforma  tiene por objeto proteger la salud de la población, tipificando los actos de aquellas personas que atentan contra la integridad y salud de las personas, sin contar con la especialidad requerida para llevar a cabo prácticas de cirugía.

El dictamen destaca que en la actualidad existe un vasto sector de la población que busca su mejoramiento físico, sufriendo malas manipulaciones de su cuerpo y en algunas ocasiones hasta malformaciones, como resultado de las malas prácticas llevadas a cabo por las personas ya mencionadas; sin embargo en el Código Penal, no se encuentran tipificadas estas conductas.

En ese sentido, considerando que esta situación va en aumento y que es necesario proteger a todas aquellas personas que depositan su confianza en médicos sin especialidad, se reforma los artículos 283 y 286 del Código Penal, para ajustarse a lo previsto en la Ley del Ejercicio Profesional y en la Ley General de Salud, y endurecer las sanciones para quien ejerza públicamente una profesión sin tener título correspondiente.

Asimismo, se establecen sanciones para quien ofrezca o desempeñe públicamente sus servicios sin autorización, y a quienes ejerzan alguna rama de la medicina que requiera especialidad o certificación para su ejercicio.

También se sanciona a quien teniendo la calidad de médico realice una operación quirúrgica innecesaria, simule la práctica de una intervención quirúrgica y para quienes sin autorización del paciente o de quien legítimamente pueda otorgarla, salvo en casos de urgencia, realicen una operación quirúrgica que por su naturaleza ponga en peligro la vida del enfermo, cause la pérdida de un miembro o afecte la integridad de una función vital.

Asimismo, a quien realice una intervención quirúrgica que requiera de una especialidad y certificación sin contar con ella, de acuerdo a la Ley en la materia.

 

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