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24 noviembre, 2024
Temas de Café

TEMAS DE CÁFE, EN LO JURÍDICO

 “EL DERECHO”

Por Arturo Ismael Ibarra Dávalos

Los clásicos griegos descubrieron hace cerca de tres mil años que los valores humanos pueden reducirse a tres: verdad, bondad y belleza. La verdad es el objetivo de la ciencia; la bondad, de la ética, y la belleza, de la estética. Para llegar a cualquiera de ellos, es necesario hacer una historia, es decir, hacer una investigación. Historia, según Herodoto, significa investigación, e historiar, investigar.

El Mtro. Miguel Hidalgo y Costilla, en su “Disertación sobre el verdadero método de estudiar….”, señala que hay que ubicar los acontecimientos en el tiempo, en el espacio y con espíritu crítico. La cronología y la geografía son como los ojuelos de la historia, vale decir, de la investigación. Si falta una, resulta tuerta, si las dos, ciega. Pero no olvida la crítica, que es separar lo cierto de lo falso. De ese modo, recomienda que los acontecimientos materiales e intelectuales se analicen en su proceso de desarrollo, se ubiquen en su tiempo, en su espacio, y sean sometidos a la crítica, para descubrir la verdad. En este marco general, si la verdad es la materia de la ciencia, la justicia lo es de la ética. Aristóteles habla de la justicia, no en sus obras sobre la política, las constituciones o la historia, sino en el Libro V de la Ética Nicomaquea. Un milenio más tarde, Justiniano inicia su Instituta, el Libro de las Instituciones, con una definición de Derecho, que podría haber sido esculpida en mármol, que dejó escrita el jurisconsulto Ulpiano, la cual tiene un sólido fundamento ético: “los preceptos del Derecho son tres: vivir honestamente, no hacer daño a nadie y tener la voluntad constante y perpetua de dar a cada quien lo suyo”.

El instrumento más idóneo y más directo para alcanzar la justicia es el Derecho. Así como las plantas se estiran en busca del sol, del mismo modo el Derecho se impulsa hacia la justicia. El Derecho es teoría y práctica, pero también ciencia y arte. Los romanos lo definieron con seis palabras: ius est ars boni et aequi. Según el jurisconsulto Celso, pues, “el Derecho es el arte de lo bueno y de lo equitativo”. El Derecho adquiere la categoría del arte cuando está cargado de ética, de bondad y de equidad, porque es no sólo la ciencia de lo justo, sino también el arte de lo bueno, y lo que es bueno, suele ser bello. Por eso dicen los Proverbios que los tronos se afirman por la justicia y Agustín de Hipona advierte que donde no hay justicia, sólo hay pandillas de delincuentes. Las definiciones anteriores pasaron de la Instituta, de Justiniano, a las Siete Partidas, formaron parte de las enseñanzas que se dieron en las Universidades de la América española y tuvieron aplicación práctica en los tribunales de la Nación desde que ésta formó parte, en calidad de reino de Nueva España, de la Monarquía de las Españas y de las Indias, hasta el fin del siglo XIX. Luego entonces, forman parte de nuestra historia y de nuestra cultura jurídica.

En todas las naciones del mundo se considera que la justicia es el pilar de todo buen gobierno. Luego entonces, el mal gobierno es la máxima expresión de la injusticia, y la injusticia, del mal gobierno. Por eso no es ocioso reiterar: donde no hay justicia, dijo San Agustín, sólo hay pandillas de delincuentes. Durante el nacimiento de nuestra nación, en Michoacán surgió una nueva teoría del Estado. El Mtro. Hidalgo y Costilla, en calidad de Generalísimo, enunció el principio de la autodeterminación de las naciones.

Por otra parte, puesto que todos los seres humanos nacemos libres e iguales en derechos, ordenó que se aboliera la esclavitud y se proscribieran las castas, base de la discriminación racial y social. Por último, una asamblea de 50 mil almas en Celaya y otra de más de 80 mil en Acámbaro, en 28 de septiembre y 23 de octubre de 1810, respectivamente, dieron legitimidad y base popular a su gobierno, y de ese modo demostró que la soberanía dimana del pueblo no sólo en teoría, sino también en la práctica. Pocos años después, sus lineamientos se convirtieron en principios constitucionales.

En Apatzingán se declaró, en octubre de 1814, algo que ya ha sido olvidado: que el gobierno no se instituye por honra o intereses particulares de ninguna familia, de ningún hombre o clase de hombres, sino para protección y seguridad general de todos los ciudadanos. Aún subsisten estos valores en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La política exterior está fundada en los principios de autodeterminación, no intervención y solución pacífica de las controversias. En materia de política interior, todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. Y así como en 1814 se dijo que el único fin de los gobiernos es garantizar el goce y el ejercicio de los derechos del hombre y del ciudadano, hoy, a partir de la reciente reforma constitucional, en junio del 2012, se señala que las normas relativas a los derechos humanos deben interpretarse en todo tiempo en el sentido de dar a las personas la protección más amplia.

Arturo Ismael Ibarra Dávalos. Licenciado en Derecho por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH). Catedrático de la misma. Preside la asociación civil Bien Común Michoacán, Abogado de Laborismo, “Por la Mejora en el Ámbito del Trabajo”. Secretario General del Foro Política y Sociedad.  Maestrante de la Maestría en Ciencias, con Especialidad en Políticas Públicas del Instituto Iberoamericano de Desarrollo Empresarial (INIDEM).                                                                                                                        Correo electrónico de contacto arturoismaelibarradavalos@hotmail.com

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